Bansí
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inversiones inversí

Inversí Genera Rendimientos Diarios

Genera rendimientos diarios, aumentando tus recursos de manera segura y transparente al trasladar los excedentes de tu cuenta de cheques mediante cargos y abonos, sin perder liquidez por tener disposición a la vista.

Denominación / Cobertura
Inversión en M.N. Cobertura nacional

Consulta los costos y las comisiones de nuestros productos

Requisitos de Contratación

Para contratar INVERSÍ, es necesaria la celebración del Contrato de Servicios Integrales y la apertura de una cuenta de depósito bancario de dinero (Cuenta Eje), en la que podrás consultar tus operaciones, movimientos y saldos.

Beneficios

Disponibilidad diaria de tu dinero.
Posibilidad de traspasar excedentes de tu cuenta de cheques, a través de Bansí en Línea desde donde te encuentres.
Detalle de todos tus movimientos en el estado de cuenta.
Sin comisión por apertura*

Restricciones

Monto mínimo de apertura: $25,000.00 M.N.
*Pueden aplicar comisiones de la cuenta eje contratada.

Recomendaciones

Investiga si tus ahorros están protegidos por el seguro gratuito del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB).
Incumplir tus obligaciones te puede generar comisiones e intereses moratorios.

Requisitos

  • Identificación personal oficial vigente con fotografía y firma.*
  • Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a 3 meses de su fecha de emisión.
  • Constancia de la CURP
  • (*) Se consideran documentos válidos los enunciados en la disposición 4ta, fracción I, inciso b) numeral i, de las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.
  • Misma documentación que las personas físicas y de forma adicional RFC con homoclave.
  • Identificación personal oficial vigente con fotografía y firma de los representantes legales.*.
  • Cédula del RFC y constancia de la FIEL
  • Acta constitutiva con datos del registro en comercio y poder del representante legal.
  • Comprobante de domicilio fiscal de la persona moral con antigüedad no mayor a 3 meses de su fecha de emisión
  • (*) Se consideran documentos válidos los enunciados en la disposición 4ta, fracción I, inciso b) numeral i, de las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.

TASAS DE INTERÉS

Consulta las tasas de interés anualizadas que te ofrecemos.